La Anses le negó a Boudou su jubilación como exvicepresidente

Es por haber sido encontrado culpable de cohecho y negociaciones incompatibles con la función pública.
martes, 20 de noviembre de 2018 · 16:09

La Anses le negó hoy a Amado Boudou la asignación vitalicia como ex Vicepresidente de la Nación por haber sido encontrado culpable de los delitos de cohecho y negociaciones incompatibles con la función pública.

Se trata de la jubilación especial que la Ley 20.018 le otorga a ex Presidentes y Vicepresidentes de la Nación y que ascendería en el caso de Boudou a 220 mil pesos mensuales, pero que la Anses le denegó en base a informes de la Oficina Anticorrupción (OA) y la Procuración del Tesoro.

Ante el requerimiento de los abogados de Boudou para que el ex Vicepresidente y ex ministro de Economía comenzara a percibir la asignación vitalicia, la Anses consultó a la OA, que respondió con un informe el 19 de julio pasado.

En el documento, la oficina que encabeza Laura Alonso consideró que "resulta jurídicamente incompatible otorgar el beneficio a quien ha cometido un delito en ejercicio de la función pública y en perjuicio del Estado Nacional".

La OA señaló que el beneficio previsto por la Ley 24.018 es una asignación, graciable y sin carácter previsional "que se otorga como contraprestación al honor y al mérito por el ejercicio del cargo".

Seguidamente, repasó las causas judiciales en contra del ex Vicepresidente -algunas de ellas muy avanzadas en ese entonces- e indicó que "ha considerado probada" la adquisición de la "empresa quebrada Ciccone Calcográfica S.A mientras se desempeñaba como ministro de Economía".

La OA subrayó que esa adquisición junto a José María Carmona y Alejandro Vandenbroele fue "mediante un acuerdo con los propietarios de esa firma -Nicolás y Héctor Ciccone-, quienes les cedieron" el 70% del capital accionario "a cambio de realizar los actos necesarios para que la empresa pudiera volver a operar y contratar con la Administración Pública".

En este sentido, la oficina se apoyó en el artículo 29 de la Ley 24.018, que establece que el beneficio de la asignación vitalicia no alcanzará a quienes "previo juicio político, o en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones".

Si bien Boudou no pasó por juicio político ni fue removido de ninguno de los cargos que ocupó, el informe de la OA hace extensivo este artículo al caso del ex Vicepresidente al considerar "probado" el mal desempeño.

Tras entender que el otorgamiento del beneficio solicitado por Boudou es "incompatible" con lo que dicta la ley, la Oficina Anticorrupción explicó: "Ello con independencia de si, en los términos del art. 29 de la ley, se ha llevado a cabo el procedimiento de juicio político". 

"Por una parte, porque la exclusión del beneficio no constituye una sanción complementaria a la sentencia de destitución y no se basa en ella como antecedente formal, sino en la inconducta en el desempeño del cargo como causa sustancial".

La Anses se basó además en otro informe de la Procuración del Tesoro, que también consideró que que el organismo previsional podía desestimar el otorgamiento de la asignación mensual vitalicia solicitada por el ex Vicepresidente.

Un mes después de que la OA emitiera su dictamen, Boudou fue condenado a 5 años y 10 meses de prisión por cohecho, entre otros delitos, por su participación en la venta de la imprenta Ciccone Calcográfica y quedó detenido, lo que le permitió a la Anses terminar de delinear su dictamen en contra del pedido que los abogados del ex Vicepresidente habían presentado antes de la condena.

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