Sentencia a favor de una paciente a quien deben proveerle cannabis medicinal

Lo resolvió un tribunal nacional en favor de una joven con discapacidad que había tenido sentencia favorable de primera instancia.
viernes, 31 de mayo de 2019 · 07:00

Lo resolvió la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, al rechazar el recurso de apelación interpuesto por la ObSBA en el marco del recurso de amparo presentado por una joven aliada con discapacidad que había tenido sentencia favorable de primera instancia.

La justicia porteña ordenó a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA) garantizar la cobertura integral de aceite de cannabis a una paciente con discapacidad en un plazo máximo de cinco días, bajo apercibimiento de aplicar una multa de 5.000 pesos por día de retraso, se informó hoy.

Los jueces Carlos Balbín,Mariana DíazyFabiana Schafrik destacaron que "la joven sufre, entre otras graves patologías,epilepsia refractaria, que su médico neurólogo le prescribió el uso del aceite de cannabis, y que cuenta con la aprobación de la ANMAT para la importación pues se encontraba autorizada para el uso de dicha sustancia", según informa Ijudicial.

Además, señalaron que el reglamento de la Ley de Cannabis medicinal "prevé que‘las personas que padezcan de epilepsia refractaria, y a las que se prescriba el uso de cannabis y sus derivados, en base a las evidencias científicas existentes, son susceptibles de solicitar la inscripción en los Registros’que dependen del Programa". 

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