Publicaron los requisitos para veranear en Córdoba

El Gobierno de la provincia dio detalles del operativo. En la nota toda la información por si estás pensando en una escapada.
jueves, 19 de noviembre de 2020 · 12:04

El Gobierno de Córdoba publicó en Boletín Oficial el procedimiento para los establecimientos turísticos y la circulación de personas, para la temporada de verano que se aproxima. 

Cabe destacar que como Mendoza, la provincia gobernada por Juan Schiaretti no solicitará un certificado de PCR negativo, ni la contratación de un seguro contra el Covid-19. 

Aquel turista que arribe a la provincia desde el 4 de diciembre y el 1 de enero, respectivamente, debe: 

  • Poseer el comprobante de las reservas efectuadas.
  • Descargar en el celular la aplicación CuidAR y llevar a cabo el proceso de cuidado que solicita.
  • Poseer una identificación de cobertura sanitaria, ya sea por obra social, prepaga, mutual, etc.
  • El ingreso será exclusivo por las rutas de acceso habilitadas en caso de contar de accedes por vía terrestre.

Para aquellos no residentes en Córdoba que sean propietarios de casas o departamentos, estos son los pasos a seguir. 

  • Descargar en el celular la aplicación CuidAR y llevar a cabo el proceso de cuidado que solicita.
  • Circular por las rutas habilitadas en caso de acceder con vehículo propio.
  • El conductor deberá tener el certificado de circulación correspondiente y los requisitos que exige el Gobierno nacional para circular por rutas. 
  • Poseer una identificación de cobertura sanitaria, ya sea por obra social, prepaga, mutual, etc.
  • En caso de requerir atención médica en Córdoba, sea por COVID-19 u otra, se deberá seguir el protocolo indicado para los casos. 

Reglamentación para quienes ingresen a la provincia

  • Cumplir con todas las normas sanitarias vigentes, nacionales, provinciales o de la jurisdicción donde se encuentra realizando turismo.
  • Mantener el distanciamiento social, de al menos 2 metros en comercios esenciales, no esenciales, en espacios públicos cerrados (galerías, shopping centers, etc.) y durante la circulación en vía pública.
  • Es obligatorio el uso de barbijo o mascara que tape nariz, boca y mentón, en todos los espacios públicos y comerciales, así como en las áreas de recreación incluidas las playas controladas públicas y privadas y otros espacios turísticos.
  • Ante cualquiera de los síntomas expuestos en la definición de caso, u otros que le resulten extraños, debe consultar al centro de salud más cercano a su domicilio, o en el front desk del hotel, o con el administrador generador de su alquiler, quienes sabrán donde dirigirlo. 

 

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