Rechazaron la recusación de Cristina Fernández en la causa Vialidad

Los jueces de la Cámara Federal de Casación Gustavo Hornos y Mariano Borinsky denegaron la recusación presentada por la defensa de la vicepresidenta.
miércoles, 10 de mayo de 2023 · 19:30

En el marco de la causa Vialidad, los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal denegaron la recusación que presentó contra ellos la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner. Se trata de los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky.

Los abogados Alberto Beraldi y Ary Llernovoy recusaron a los jueces argumentando que ya habían intervenido previamente en otras instancias del mismo expediente y ello los inhabilitaba para la revisión de la condena. Sin embargo, los propios reguladores resolvieron que la defensa de la vicepresidenta “no ha logrado demostrar, ni se advierte, que esas intervenciones anteriores de esta Sala IV en el proceso –relativas a la admisibilidad del recurso de casación- le permita albergar algún temor fundado de falta de imparcialidad objetiva”.

La circunstancia de haber intervenido en un proceso, en el marco del ejercicio de nuestras funciones, que nos imponen el deber de decidir sobre el tema traído a conocimiento, así como fue planteada por la defensa, no puede erigirse como causal para el apartamiento del juez, ya que no constituye per se prejuzgamiento”, insistieron.

La defensa de la vicepresidenta sostenía que los magistrados ya habían intervenido en la causa y que no tenían parcialidad por sus visitas a Mauricio Macri 

La defensa de Cristina Kirchner sostiene que como ya intervinieron anteriormente, fallando en contra de los pedidos de la vicepresidenta, ello implica que ya tomaron postura respecto de su responsabilidad y, en consecuencia, no son parciales a la hora de revisar la condena.

Pero, Hornos y Borinsky refutaron que “las distintas resoluciones citadas por la defensa –que motivan su recusación- se advierte que en todas ellas esta Sala declaró inadmisibles los recursos de casación o no hizo lugar a las distintas quejas”. Ello, según los jueces, no implica haber tomado postura sobre los hechos investigados, pues “la intervención estuvo ceñida a la admisibilidad formal del recurso de casación”.

“Corresponde el rechazo in limine de la recusación por improcedente, cuando se funda en la mera intervención de los magistrados en pronunciamientos anteriores propios de sus funciones legales”, resumió el fallo.

Hornos y Borinsky aceptaron, en cambio, la excusación formulada por el juez Javier Carbajo, quien de esa manera no integrará el tribunal que revisará la condena contra Cristina Kirchner.

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