Estos son los productos importados que no pagarán el impuesto País
El Gobierno tomó una definición económica en base a la canasta básica de alimentos.El Ministerio de Economía definió los productos de la canasta básica que quedan exceptuados de la decisión de gravar con el impuesto País la compra de divisas con destino a la importación de bienes y servicios, a través de la resolución 1183/2023 de la Secretaría de Comercio publicada este viernes en el Boletín Oficial.
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La Secretaría de Comercio definió la lista de productos de la canasta cuyas importaciones quedan exentas de la ampliación del impuesto para la compra de divisas con ese fin.
El listado completo incluye pan francés, galletitas de agua, galletitas dulces, arroz, harina de trigo, harina de maíz, fideos secos, azúcar, dulce de batata, mermelada, dulce de leche, lentejas, arvejas en lata, choclo, papa, batata, acelga, cebolla, lechuga, tomate perita, zanahoria, zapallo, tomate envasado, manzana, mandarina, pera, naranja, banana y asado.
También comprende carnaza común, hueso con carne, paleta, carne picada, nalga, pechito de cerdo, pollo, carne de pescado, hígado, mortadela, paleta cocida, salchichón, salame, huevo, leche fluida y en polvo entera, quesos crema, cuartirolo y de rallar, yogur, manteca, aceite de girasol, margarina para cocinar, gaseosas, jugos concentrados, soda, cerveza y vino.
Además, aparecen en la lista sal fina, mayonesa, caldos concentrados, vinagre de alcohol y de manzana, chocolate, café, té en saquitos y yerba.