El Senado comenzó el tratamiento de cambios en la Ley de Alquileres y el impuesto a las Ganancias
Se prevé una larga sesión para abordar estos y otros temas, en medio de la tensión entre el oficialismo y la oposición.La Cámara de Senadores de la Nación inició esta tarde la sesión en la que tratará el proyecto de quita del impuesto a las Ganancias, además de cambios en la Ley de Alquileres que deberá regresar luego a Diputados.
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El oficialismo logró el quórum, como estaba previsto, y puso en marcha la sesión. La Cámara alta llevaba cinco meses sin sesionar.
El oficialismo busca la derogación de la cuarta categoría de Ganancias
La eliminación de Ganancias para los altos salarios, detalla que es para los que ganan más de 700 mil pesos mensuales, proyecto que tiene los 37 votos para ser sancionado, como ya sucedió la semana anterior en Diputados.
El proyecto fue aprobado en Diputados con los votos del Frente de Todos, el socialismo, la izquierda, el peronismo disidente y La Libertad Avanza. El interbloque de Juntos por el Cambio votó en contra y anunció que hará lo mismo en la Cámara alta.
La iniciativa enviada por el ministro de Economía, Sergio Massa, reforma el impuesto a las Ganancias al crear un nuevo gravamen sobre los ingresos a partir de un monto equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), con una alícuota progresiva sobre el excedente que va del 27% al 35%, que se actualizará de manera semestral en base a la evolución del SMVM.
Los puntos principales del proyecto contemplan además la creación de un nuevo "impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros".
De esta forma, quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos. En el caso de los mayores haberes a 15 salarios mínimos vitales y móviles, las alícuotas irán desde el 27% hasta el 35%.
El proyecto también determina que se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero y que la actualización será el 1 de julio de cada año fiscal.
Además, prevé que las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.