El Senado aprobó una iniciativa de Lousteau que exige aplicar la Ley de Emergencia en Discapacidad
El proyecto fue aprobado sobre tablas por 54 votos afirmativos y cinco negativos.El Senado aprobó este jueves sobre tablas un proyecto de declaración que rechaza el decreto del Gobierno en el que promulgó la Ley de Emergencia en Discapacidad, pero sin asignar las partidas presupuestarias necesarias para ser implementada.
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La iniciativa, que fue impulsada por los senadores Martín Lousteau (UCR), Pablo Blanco (UCR) y Guadalupe Tagliaferri (PRO), recibió 54 votos afirmativos y cinco negativos, y cosechó un amplio apoyo opositor.
A finales de septiembre, el Gobierno había promulgado la ley a través del Decreto 681/25, aunque advirtió que no la aplicará hasta que el Congreso no defina de dónde se obtendrán los recursos para instrumentar la medida.
El proyecto otorga facultades al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, para readecuar las partidas destinadas a garantizar el financiamiento de esta iniciativa que actualiza el valor de las prestaciones, así como de las pensiones y de los talleres protegidos.
La Cámara de Diputados rechazó el pasado 20 de agosto, por 172 votos contra 73 votos, el veto a la Ley de Emergencia en Discapacidad, y el Senado hizo lo propio el 4 de septiembre, por 63 votos contra 8.
Por ese motivo, el bloque Encuentro Federal de Diputados decidió pedir la interpelación de Francos y un voto de censura “por incumplir la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad”, dictar decretos “nulos e inconstitucionales” y “no reasignar las partidas conforme a la ley promulgada”.
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Desde la Casa Rosada se amparan en el artículo 5 de la ley 24.629, que establece que “toda ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos. En caso contrario quedará suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional”.
Qué establece la Ley de Emergencia en Discapacidad
La Ley de Emergencia en Discapacidad establece una recomposición de las prestaciones arancelarias desde el 1 de diciembre de 2023 conforme a la inflación acumulada en el período, y actualiza el nomenclador para la indexación mensual automática de las pensiones no contributivas de acuerdo al IPC.
En el texto, el monto de las pensiones por discapacidad se mantiene en un valor del 70% del haber mínimo jubilatorio y permite una reducción del 50 de las contribuciones para las empresas que tomen personal por un plazo de tres años.
La iniciativa fija que se deberá otorgarse una pensión inembargable a toda persona sin suficientes recursos propios, no amparada por un régimen de previsión, de 70 o más años de edad o con discapacidad que cuente con el Certificado Único de Discapacidad (CUD).