Boletín Oficial: ARCA modificó la aplicación de saldos de impuestos
La norma permite que los saldos de libre disponibilidad, a nombre del sujeto obligado, se usen para cancelar impuestos en su calidad de responsable sustituto.La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó la posibilidad de que los responsables sustitutos utilicen sus saldos a favor de impuestos de libre disponibilidad.
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Esta medida se instrumentó mediante la Resolución General 5753/2025, publicada en el Boletín Oficial. La norma permite que los saldos de libre disponibilidad, a nombre del sujeto obligado, se usen para cancelar impuestos en su calidad de responsable sustituto.
Estos saldos pudieron originarse en declaraciones juradas como sujetos obligados, así como en determinaciones de oficio, declaraciones juradas o resoluciones administrativas y judiciales.
Para realizar la compensación, los ciudadanos deben acceder al servicio “Sistema de Cuentas Tributarias” en la página web de ARCA.
Las condiciones para la compensación establecen que el titular del crédito fiscal y el obligado al pago del tributo sean la misma persona, y que los saldos sean líquidos y exigibles.
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Anteriormente, los responsables por el cumplimiento de deuda ajena y los responsables sustitutos no podían solicitar la compensación. Sin embargo, esa restricción quedó anulada mediante la derogación de las Resoluciones Generales 1.658, 3.175, 4.334 y 4.521.
ARCA incluyó también una aclaración sobre el plazo de prescripción de los saldos, que se fijó en cinco años inmediatos siguientes.