Hay 79 niños en condiciones de adoptabilidad

Es el dato anunciado por el Registro Único de Adopción.
viernes, 14 de septiembre de 2018 · 17:26

La ministra de Salud, Desarrollo Social y Deportes, Elisabeth Crescitelli, y el presidente de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, Jorge Nanclares, firmaron un convenio para protocolizar las intervenciones profesionales para la integración familiar de niños, niñas y adolescentes sin cuidados parentales a familias con miras a la adopción.

La firma se realizó en el cuarto piso del Poder Judicial.

El nuevo protocolo tiene como principal objetivo hacer efectivo el derecho de todo niño, niña y adolescente (NNA) a vivir en familia sin distinción alguna. Su inclusión en una nueva familia deberá realizarse en el marco de un proceso plenamente respetuoso de su identidad (estática y dinámica); vivencias; etapas evolutivas y vínculos, sean familiares o de referentes significativos que hayan sido positivos y que tuvieron participación en su trayectoria de vida.

“Esto que hemos planteado articuladamente entre el Poder Ejecutivo y Judicial, es remarcar las incumbencias, poner orden, protocolizar los procedimientos, tratar de  evitar errores en los distintos trámites administrativos”, detalló Elisabeth Crescitelli.

La funcionaria destacó además: “lo que más necesitamos es que los niños sean recibidos por las familias con el amor que el Estado jamás podrá reemplazar y por eso hacemos este llamado tanto a las familias que con todo el amor pueden hacerse cargo de esos niños, como al Poder Judicial que debe resolver en última instancia en un tema tan sensible como es la adopción”.

El protocolo ha sido elaborado contemplando lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre las Personas con Discapacidad, el Código Civil y Comercial de la Nación, entre otros marcos jurídicos.

“Con este convenio, lo que hemos hecho es allanar cualquier dificultad que exista en el trámite de adopción en cuanto  a los recaudos que debe cumplimentar el Poder Ejecutivo, como también en lo que deben procesar los magistrados judiciales y el Registro único de Adopción”, explicó Julio Gómez, miembro de la Suprema Corte.

El ministro de la Corte señaló además que el protocolo establece “cuáles son los procedimientos y los documentos que se tienen que presentar al juez para que éste tome las decisiones con rapidez y objetividad”.

El documento detalla lo que deberá consignar el informe que realice el equipo técnico de DINAF, por el cual se solicite al tribunal la Declaración de la Situación de Adoptabilidad. También enumera todas las circunstancias que acreditan que se han agotado las instancias de trabajo con la familia de origen para que exista sentencia de declaración de situación de adoptabilidad firme.  Sólo por excepción, podrá solicitarse al juzgado interviniente, la vinculación con aspirantes a guarda sin sentencia firme. Esto podrá hacerse en aquellos casos en los que la dilación de la adopción de una decisión judicial pudiera menoscabar el interés superior del NNA.

También se prevé en el escrito las instancias activas de articulación, comunicación y de reunión con los equipos de DINAF y Registro Único de Adopcióna los fines de actualizar la situación de los NNA, previo a la selección de postulantes por parte del Juez y al inicio de la vinculación.

Plantea trabajar con las familias adoptantes sobre aspectos concernientes a la inclusión en la familia adoptiva (fantasías, deseos, miedos, expectativas, conflictos inherentes a la nueva situación entre otros aspectos relevantes para el proceso) y respecto de las características reales de los NNA.

En este sentido, Verónica Gutiérrez, del Registro Único de Casos precisó: “Hoy hay 79 niños en condiciones de adoptabilidad, la mayoría de los cuáles tienen más de 10 años y se encuentran en algunos casos en diferentes situaciones de discapacidad como psicosocial, mental, física. Estamos trabajando en la digitalización de los legajos del Registro, ya que hay un sistema nacional que evitaría la demora que se presenta al no encontrar familias que quieran adoptar en estos casos”.

El documento considera variables y aspectos a tener en cuenta en un proceso de vinculación, contemplando la supervisión de las vinculaciones, acompañamiento y orientación profesional, evaluación y seguimiento, entre otras.

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