El plan económico Mendoza Activa ya es ley

El programa provincial tiene como objetivo fortalecer a las pymes en contexto de pandemia y ayudar a personas que decidan invertir para mover la economía local.
martes, 4 de agosto de 2020 · 15:19

La Cámara de Senadores avaló el programa Mendoza Activa, el proyecto del Poder Ejecutivo que tiene por objetivo acelerar la reactivación de las actividades económicas en la Provincia, mediante el reintegro de una parte de la inversión realizada tanto por personas humanas como jurídicas.

La propuesta que salió con el consenso de todo el arco opositor, menos por el senador Lautaro Jiménez quien anunció que no acompañaría la propuesta, fue aprobada por 36 votos positivos y uno negativo. Pasó al Poder Ejecutivo para que sea promulgada.

El miembro informante de las tres propuestas de Mendoza Activa, fue el senador Diego Costarelli que se refirió a las leyes del Banco de Vino, a la Ley Provincial de Empleabilidad y justamente a Mendoza Activa. «Es aquí cuando el Estado decide intervenir y desarrollar herramientas a la hora de enfrentar esta pandemia. Son tres leyes que tienen un hilo conductor y una coherencia. Mendoza Activa busca amortiguar las consecuencias de la pandemia de COVID-19 en los sectores de la construcción, la industria, el comercio, la agricultura, los servicios, la cultura y la producción primaria, ante una crisis sanitaria y social sin precedentes en la historia reciente», afirmó.

El senador explicó que los tres ejes del plan son sostener el funcionamiento de las pymes locales, cuidar el empleo privado y garantizar los servicios públicos provinciales para dinamizar la economía.

“Los sectores prioritarios, que terminan siendo el motor de toda la economía, son construcción, comercio, industria, agroindustria, turismo, cultura, hotelería, gastronomía y producción primaria”, comentó.

Uno de los puntos planteados en este programa es el reintegro de hasta el 40% de la inversión efectivamente realizada, neta de IVA, utilizando como medios de reintegros el dinero en efectivo, la provisión de una tarjeta de consumo (para uso en actividades turísticas, gastronómicas, sociales, culturales, recreativas, deportivas y de interés local, entre otras) y/o el otorgamiento de un crédito fiscal.

Las actividades incluidas son agricultura, en cuanto a inversiones en riego, malla antigranizo, maquinarias para el sector agroindustrial, insumos, máquinas, herramientas y servicios destinadas a la producción frutícola, hortícola, de cereales, forrajes y pasturas; industria, en lo referente a  insumos, servicios técnicos y maquinaria preferentemente producida en la Provincia de Mendoza; construcción, en lo concerniente a materiales, servicios técnicos, mano de obra y obras llave en mano afectados a la construcción, ampliación y refacción de unidades habitacionales y locales comerciales, y comercio y servicios, para mercadería, servicios técnicos y equipamiento preferentemente producido en Mendoza.

 

Requisitos

Para ser beneficiarios del programa, las personas humanas, jurídicas o fideicomisos deberán cumplir con algunos requisitos, como por ejemplo, que no superen los límites de facturación y cantidad de empleados fijados por la Resolución General 220/2019 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa de la Nación; además, de estar inscriptas como contribuyentes en la provincia de Mendoza y desarrollar sus propuestas de inversión en dicha jurisdicción. Estos requisitos no corren para el caso de personas humanas con motivo de las inversiones que se realicen en el rubro de la construcción.

También deberán presentar una propuesta de inversión categorizada a las actividades económicas mencionadas, y tener Resolución aprobatoria emitida por el Comité de Evaluación del «Programa Mendoza Activa».

 

Quiénes no podrán ser beneficiarios

No podrán ser beneficiarios de este régimen las entidades gubernamentales; las sociedades extranjeras y de otras jurisdicciones – excepto las que tengan sucursal radicada en la Provincia -; los contratistas del Estado, siempre que la propuesta esté relacionado a la relación contractual con el Estado provincial; las personas humanas o jurídicas que incurran en incumplimiento injustificado de sus obligaciones respecto de cualquier otro régimen de promoción provincial, y estar inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios.

 

Inversión

Se autoriza al Poder Ejecutivo a invertir en el programa Mendoza Activa, hasta la suma de $ 4.450.000.000. La distribución de la inversión se realizará sobre las actividades contempladas de acuerdo a los siguientes montos: Agricultura,  $1.300.000.000; Industria, $430.000.000; Construcción,  $2.000.000.000 y Comercio y Servicios,  $720.000.000.

Por otra parte, deja establecido que “en el caso que los proyectos presentados no permitan cubrir los cupos planificados, se encuentra facultada la autoridad de aplicación a reasignar entre las distintas actividades económicas a efectos de un mayor aprovechamiento de los montos asignados al programa”.

Para financiar Mendoza Activa, el Poder Ejecutivo incorporará en el Presupuesto vigente y en el Presupuesto del Ejercicio 2021, las partidas correspondientes: $ 1.150.000.000 en el presupuesto 2020 y $ 1.440.000.000 para el Presupuesto 2021. Además, dispone como costo tributario total la suma de $ 1.860.000.000.

En tal sentido, y relacionado con este último punto, la normativa indica que los beneficiarios del Programa Mendoza Activa que inicien las inversiones correspondientes podrán acceder al beneficio de un certificado de crédito fiscal por hasta el monto del 40% de la inversión total, para cancelación del impuesto a los Ingresos Brutos.

El otorgamiento del crédito fiscal será implementado en la entrega de certificados, el mecanismo de billetera digital u otras modalidades idóneas, y deberá contar con resolución aprobatoria emitida por los Ministerios de Hacienda y Finanzas y de Economía y Energía. La utilización de este certificado podrá efectuarse hasta el 31 de diciembre del 2023, prorrogable por el Poder Ejecutivo por un mismo período de tiempo, y el beneficiario original y los sucesivos cesionarios podrán transferirlo de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.