Mendoza retoma su operación de vuelos internacionales
El Aeropuerto El Plumerillo es el primero en el país en estar habilitado en el marco de la pandemia.Este sábado, la ministra de Cultura y Turismo de la provincia de Mendoza, Mariana Juri, junto a funcionarios del Aeropuerto El Plumerillo, recorrieron las instalaciones de la aeroestación Francisco Gabrielli. Fue en el marco de la rehabilitación de los vuelos internacionales desde y hacia nuestra provincia.
“Con mucha emoción. La verdad es que con el gobernador Rodolfo Suarez y su equipo venimos trabajando mucho en el equilibrio de la salud y de la economía, por lo tanto ser el primer aeropuerto del país que retoma su operación de vuelos internacionales nos tiene que llenar a todos los mendocinos de orgullo”, expresó Juri.

La funcionaria resaltó la importancia de la rehabilitación “por dos cosas fundamentales, por un lado por todo el empleo que esto significa y por otro lado porque estamos permitiendo que muchos argentinos puedan volver a su hogar después de muchos meses de angustia”.
Juri informó que los vuelos que se retoman son, por ahora, solo una frecuencia semanal de Aerolíneas Argentinas y sin turismo. “Es un gran paso para lo que viene que es el pedido del turismo internacional. Estamos muy conformes”, precisó la funcionaria.

“Hay pedidos de otras líneas aéreas, por eso es tan importante que hoy se habilite efectivamente el aeropuerto para que las aerolíneas además puedan seguir insistiendo con el pedido”, culminó Juri.
El primer vuelo salió hoy a las 13.30 con destino a Santiago de Chile y llegó uno a las 16.25, proveniente de la capital del país hermano.
¿Quiénes pueden ingresar?
- Argentinos/as.
- Extranjeros/as con algún tipo de residencia otorgada en Argentina: Residencias Precarias, Residencias Temporarias, Residencias Transitorias, Residencias Permanentes.
- Extranjeros expresamente autorizados por la Dirección Nacional de Migraciones vía Consulado argentino en el exterior.
- Reunificación familiar: para aquellas personas que desean ingresar al territorio nacional de forma transitoria. Los familiares directos de argentinos/as y/o residentes/as: progenitores, hijos/as, hermanos/as, cónyuges.
Para acreditar el vínculo directo con el/la argentino/a y/o residentes/as, deberán presentar ante la autoridad migratoria el certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia (debidamente apostillada y/o legalizada) y una copia del DNI argentino del familiar por el cual solicitan el ingreso al país.
Para el caso de parejas sin vínculo legal podrán:
- Presentar una declaración jurada tramitada ante un escribano público del territorio nacional con dos testigos donde den fe de su relación, y la misma debe estar legalizada ante el colegio de escribanos y apostillada.
- Presentar una declaración jurada por cada uno de los integrantes de la pareja tramitada ante el escribano público del país en el que se encuentren con dos testigos cada uno donde den fe de su relación, y la misma debe estar legalizada ante el colegio de escribanos y apostillada y en caso de idioma extranjero con traducción oficial (parejas distanciadas por el cierre de frontera).
- Presentar una declaración jurada tramitada ante un escribano público del país en el que se encuentren con dos testigos donde den fe de su relación, y la misma debe estar legalizada ante el colegio de escribanos y apostillada, y en caso de idioma extranjero con traducción oficial (parejas residiendo en el exterior).