Defensa al Consumidor de Mendoza recuerda que es obligatorio exhibir los precios
La dirección provincial indicó una serie de recomendaciones para que los consumidores tengan en cuenta a la hora de comprar.La Dirección de Defensa del Consumidor de la Provincia recuerda que la exhibición de precios deberá efectuarse por unidad, de forma clara, visible, horizontal y legible. Cuando se realice mediante listas, estas deberán exponerse en los lugares de acceso a la vista del público y en los sitios de venta o atención a disposición del cliente. Además, brindó las siguientes indicaciones que deberán tener en cuenta tanto comercios como consumidores:
El precio expresado deberá ser el de contado en dinero efectivo y corresponderá al importe total que deba abonar el consumidor final. En los casos en que se acepten además otros medios de pago, esa circunstancia deberá indicarse claramente en los lugares de acceso al establecimiento, juntamente con el valor en pesos al que será considerado el medio de pago de que se trate, salvo en el caso de que el medio de pago considerado sea una tarjeta de crédito, débito o compra, conforme lo previsto en el Artículo 37, inciso c) de la Ley 25065.

Quienes ofrezcan directamente al público servicios que sean prestados desde, hacia y en el exterior, podrán dar cumplimiento a lo establecido en la presente resolución exhibiendo y publicitando los precios en dólares estadounidenses.
Quienes ofrezcan bienes muebles o servicios a otros destinatarios podrán exhibir, además, otros precios, de forma tal que el tamaño de caracteres, así como su visibilidad, no resulte más relevante que los destinados al consumidor final.
Quienes ofrezcan bienes muebles o servicios con reducción de precio deberán consignar de forma clara el precio anterior del producto o servicio junto con el precio rebajado. El precio anterior deberá exhibirse utilizando caracteres relevantes, de buen contraste y visibilidad.