Ambiente multó por $4 millones a un emprendimiento en el piedemonte
Ambiente detalló que se debe a las irregularidades catastrales y reiterados incumplimientos ambientales.La Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial de Mendoza realizó una denuncia penal ante el Ministerio Público Fiscal y multó por un valor superior a los $4 millones, al propietario del desarrollo privado Villa Adolfina Eco Country, en la Décima Sección de Capital, del circuito El Challao.
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Según detalló Ambiente, se debe a las irregularidades catastrales y reiterados incumplimientos ambientales. Por las reincidencias es que se inician las acciones penales correspondientes.
El emprendimiento ya había sido sancionado por violación del artículo 19 de la Ley 9414, el 27 y 28 de la Ley 5961 y, debido a las reincidencias detectadas, el artículo 239 del código penal debido a incumplimiento de la autoridad pública.
Cabe destacar que en el año 2021 la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial emitió una resolución de paralización a los efectuados. Posteriormente, luego de haberse presentado los correspondientes descargos, se procedió a evaluar las sanciones correspondientes. Debido a la realización de desmontes, trabajos de movimientos de suelo y movimientos de máquinas en un sector del piedemonte sin la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente, la cartera de Ambiente habría resuelto suspender los emprendimientos hasta tanto los desarrolladores cumplan con la regularización ambiental, legal y administrativa.
“Tanto en el piedemonte de Luján de Cuyo como en el circuito El Challao, se detectaron irregularidades que fueron sancionadas por reincidencia, y encontrándose ya notificados se iniciaran las acciones penales correspondientes”, expresó el secretario de Ambiente y Ordenamiento Territorial, Humberto Mingorance.
Y agregó: “Es muy importante que cada persona antes de comprar un terreno se informe correctamente por los organismos oficiales, ya sean del municipio o de la provincia, y así evitar incumplimientos con las normativas vigentes. Hay que resaltar el alto nivel de fragilidad ambiental que hay en el Piedemonte, de allí la gran importancia del control ambiental en el lugar y la necesidad de contar con las autorizaciones correspondientes”.
“Queda expresamente prohibido en el territorio de la provincia, la autorización administrativa y/o la ejecución de actividades que no cumplan dicho recaudo, bajo pena de la aplicación de las sanciones previstas por la Ley 5961.”, destacó Mingorance
Por su parte, la coordinadora de la Unidad de Evaluaciones Ambientales, Soledad Barros, subrayó que tanto el emprendimiento “Las Pircas 3 y 4”, localizado en el piedemonte lujanino como el emprendimiento “Villa Adolfina”, localizado en la Décima Sección de Capital del circuito El Challao, fueron notificados a paralizar las obras de desmonte, construcciones y anegamientos de cauces aluvionales.
Según el Artículo 239 del Código Penal: “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.