Declaran la emergencia agropecuaria en los departamentos afectados por el granizo

El estado de emergencia y desastre agropecuario es para el período de 15 meses en 57 distritos mendocinos.
martes, 28 de marzo de 2023 · 12:03

El Ministerio de Economía de la Nación dio por declarada la emergencia y desastre agropecuario, según corresponda, en explotaciones afectadas por granizo en distritos de 13 departamentos de la provincia de Mendoza.

Las medidas se dispusieron a través de las resoluciones 352/2023 y 255/2023, respectivamente, publicadas hoy en el Boletín Oficial.

El estado de emergencia y desastre agropecuario es para el período de 15 meses comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de marzo de 2024 y abarca a 57 distritos correspondientes a 13 departamentos.

De acuerdo con lo especificado en el artículo 1° de la resolución, los distritos son Chilecito, Eugenio Bustos, La Consulta, Pareditas y Villa San Carlos del departamento San Carlos; Colonia Las Rosas, Las Pintadas, Los Árboles y Vista Flores de Tunuyán; Cordón del Plata, El Zampal y La Arboleda de Tupungato, y Algarrobo Grande, Alto Verde, Junín, La Colonia, Los Barriales, Medrano, Phillips y Rodríguez Peña de Junín.

También abarca a los distritos Andrade, La Central, La Libertad, Los Árboles, Medrano, Reducción y Centro de Rivadavia; Alto Salvador, Alto Verde, Buen Orden, Chapanay, Chivilcoy, El Divisadero, El Espino, El Ramblón, Las Chimbas, Montecaseros, Palmira, San Martín y Tres Porteñas de San Martín; 12 de Octubre, La Dormida, Las Catitas y Centro de Santa Rosa, y El Algarrobal y El Borbollón de Las Heras.

El listado se completa con los distritos Ingeniero Gustavo André y San Francisco del departamento Lavalle; Agrelo, El Carrizal y Perdriel de Luján de Cuyo; Barrancas, Fray Luis Beltrán, Rodeo del Medio y San Roque de Maipú; Bowen y Centro de General Alvear, y Cañada Seca, Cuadro Benegas, Cuadro Nacional, El Cerrito, Jaime Prats, La Llave, Las Malvinas, Las Paredes, Rama Caída, Real del Padre y Villa Atuel de San Rafael.

La declaración del estado de emergencia corresponde cuando al menos el 50% de la producción o capacidad productiva de la explotación se encuentre afectada y en ese caso el titular se beneficiará con la postergación del pago de impuestos nacionales.

Si ese perjuicio supera el 80% de la producción o capacidad productiva, se declara desastre agropecuario y el productor quedará eximido del pago de los tributos correspondientes.

Para ello, tanto los bancos oficiales como la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) arbitrarán los medios necesarios para que los productores gocen de los beneficios previstos.

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