Qué dice la nueva resolución que busca aliviar a suscriptores de planes de ahorro automotor

La nueva resolución de la Inspección General de Justicia está enfocada en las deudas de quienes buscaron acceder por este medio a su 0Km.
lunes, 14 de agosto de 2023 · 13:00

En respuesta a la creciente problemática que enfrentan los suscriptores de planes de ahorro automotor, debido a las dificultades para afrontar los pagos de sus cuotas, la Inspección General de Justicia (IGJ) de la República Argentina emitió la Resolución 8/23 el 18 de julio de este año.

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Esta disposición establece una serie de medidas destinadas a brindar alivio a los suscriptores de planes de ahorro y alinear las deudas con las medidas judiciales tomadas en diferentes jurisdicciones.

Planes de ahorro automotor

Antecedentes

Desde 2018, el incremento en los precios de los automotores ha generado desafíos significativos para los suscriptores de planes de ahorro. Muchos de estos suscriptores, con la representación de asociaciones de consumidores y defensorías del pueblo, han recurrido a medidas judiciales colectivas para mitigar los pagos de sus cuotas. Esto llevó a la implementación de medidas cautelares en distintas regiones del país, que redujeron el valor de las cuotas de los planes.

Recientemente se han revocado algunas de las medidas cautelares en diferentes jurisdicciones del país. Ello ha dejado desprotegidos a los suscriptores que no pueden hacer frente al valor total de la cuota.

Alivio para deudores

En ese sentido la resolución emitida por la IGJ cuenta con el aval de la Secretaría de Comercio Interior, el Banco Central de la República Argentina, la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de los Consumidores, la Cámara de Ahorro Previo Automotores y la Asociación de Fabricantes de Automotores.

Aspectos de la resolución

La resolución se aplica a los suscriptores “ahorristas, adjudicados y adjudicatarios” con medidas cautelares en procesos judiciales.

Las entidades administradoras de planes de ahorro deberán ofrecer a los suscriptores la opción de pago para los porcentajes de valor móvil del contrato que no se cancelaron debido a medidas cautelares.  Los suscriptores podrán abonar los porcentajes pendientes en cuotas suplementarias, que se determinarán en base a una fórmula que considera el porcentaje de valor móvil no cancelado y la alícuota del plan.

Nueva resolución de la Inspección General de Justicia

Las administradoras deben informar a los suscriptores sobre la resolución, la opción de adhesión, el valor móvil no cancelado, la alícuota del plan, la cantidad de cuotas de recupero, la forma de determinación de las cuotas suplementarias, la deuda y/o el porcentaje correspondiente a otros conceptos no cancelados.

Los suscriptores pueden adherirse a través de formularios disponibles en concesionarios, sitios web o por correo electrónico. Se hace a través de la adhesión al formulario “opción de diferimiento de pago”.

Una vez realizada la opción de pago diferido, las administradoras deben suspender las ejecuciones prendarias y procesos en curso. Respecto a las cargas administrativas u otros conceptos no cancelados por aplicación de las medidas cautelares será prorrateado en la cantidad de cuotas suplementarias.