Mendoza: buscan que las licencias de conducir tengan vigencia por diez años

Estararían exceptuados de la nueva medida los condenados por delitos vinculados a la conducción antirreglamentaria.
miércoles, 23 de octubre de 2024 · 16:00

La Cámara de Diputados de la provincia le dio media sanción a dos proyectos, uno del Poder Ejecutivo y otro de Gustavo Cairo (LLA), que buscan introducir cambios en materia de seguridad vial, fundamentalmente en lo relacionado a la vigencia de las licencias de conducir que hasta los 65 años, será de diez años en lugar de cinco como es en la actualidad.

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Las modificaciones a la Ley 9024, de Tránsito y Seguridad Vial, tienen como objetivo actualizar la normativa provincial a las tendencias internacionales y facilitar la renovación de la Licencia Nacional de Conducir.

En este sentido, se extenderá el periodo de vigencia de la Licencia Nacional de Conducir, regulado en la Ley Nacional 24.449 a la que Mendoza ha adherido parcialmente, manteniendo de esta manera “su propia normativa provincial en ejercicio de sus legítimas facultades constitucionales”.

La Legislatura debate dos proyectos al respecto.

La Ley Nacional de Transito establece la vigencia de la licencia en cinco años hasta los 65, dejando a las provincias la regulación para los mayores de esa edad. En Mendoza, a partir de los 65  la renovación se debe realizar cada tres años hasta los 70, y anualmente a partir de esa edad, incluyendo una prueba de manejo.

Más detalles de la iniciativa

La excepción a esta medida será para los condenados por delitos vinculados a la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor y para reiterantes de la infracción de conducción bajo efectos del alcohol. En estos casos el plazo será de cinco años.

Por otra parte, las licencias otorgadas a personas que tengan entre 66  y 75 años de edad, tendrán una vigencia de cinco años, y a partir de los 76, la vigencia será de 3 años.

El esquema queda entonces de la siguiente manera:

  • Hasta los 65 años, diez años de vigencia
  • De 66 a 75 años, cinco años de vigencia
  • A partir de los 76, tres años de vigencia

Requisitos para la renovación

Esta normativa dispone asimismo cambios en los requisitos para la renovación por vencimiento de la licencia de conducir: 

  1. Que no haya transcurrido más de un (1) año desde su vencimiento. Si transcurrió dicho plazo, se considera como tramitación de licencia nueva.
  2. El arancel de renovación será del 50% para los mayores de 65 años.
  3. Presentar certificado de libre deuda de infracciones de tránsito.
  4. Declarar bajo juramento que no se padecen o hayan padecido afecciones cardiológicas, neurológicas, psicopatológicas o sensoriales que afecten la aptitud para conducir.
  5. Aprobar un examen médico psicofísico, en el que se determine su aptitud física, visual, auditiva y psíquica para conducir.
  6. No se exigirá una nueva prueba de manejo a los conductores que renueven su licencia para el caso de los mayores de 65 años, salvo expresa indicación médica o, para todos los casos, que haya transcurrido más de un año del vencimiento de su licencia. 
  7. El personal de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial que cumplan funciones de chofer o motorista estará exento de los costos de las renovaciones.

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