La Legislatura aprobó la regulación de la seguridad privada en Mendoza
La nueva ley promueve la profesionalización del sector estableciendo la educación secundaria obligatoria para los vigiladores y fijando estándares para las empresas.Durante la sesión de este martes, el Senado de Mendoza aprobó por mayoría de votos el proyecto de ley impulsado por el Poder Ejecutivo que regula la actividad de seguridad y vigilancia privada en la provincia. La iniciativa ahora será remitida en revisión al Poder Ejecutivo.
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La nueva norma establece que “serán de aplicación obligatoria para todas las empresas y organizaciones prestadores de servicios de seguridad privada, incluyendo aquellas que operen como prestadoras locales de sucursales o filiales de agencias habilitadas en otras jurisdicciones. Todo esto con el fin de garantizar la uniformidad en los estándares de seguridad y la protección de los derechos de las personas”.

La modificación de la Ley 6.441 es esencial para adecuarse a la realidad actual, ya que desde su sanción en 1997 el sector ha crecido exponencialmente, con 175 empresas y más de 10.000 vigiladores registrados en Mendoza.
La normativa vigente no contemplaba la seguridad privada tecnológica, un área que hoy resulta clave. La nueva ley no solo regula la seguridad humana, interna y tecnológica, sino que también promueve la profesionalización del sector, estableciendo la educación secundaria obligatoria para los vigiladores y fijando estándares para las empresas. Además, busca combatir la clandestinidad en la prestación de estos servicios y mejorar la coordinación con el sistema de seguridad pública.
Puntos claves
La normativa prevé la creación de protocolos y guías para el uso de servicios de seguridad privada, así como la capacitación obligatoria del personal.
Uno de los aspectos clave de la nueva ley es la figura de la responsabilidad solidaria, que establece que cualquier persona o entidad que contrate servicios de seguridad privada no habilitados será responsable solidaria por cualquier incumplimiento de la normativa.

El régimen de sanciones contempla infracciones leves, graves y gravísimas, con penas que van desde multas hasta la inhabilitación temporal o definitiva de las empresas prestadoras. También se considera la reincidencia como un factor agravante.
La normativa también incorpora a los prestadores de seguridad privada al sistema provincial de seguridad pública y deroga la Ley Nº6.441, que regulaba anteriormente las empresas de vigilancia privada, modernizando así el marco legal en Mendoza.