La licencia de conducir tendrá una vigencia de diez años en Mendoza

La Legislatura aprobó el proyecto por el cual se modifican algunos aspectos de este importante documento.
miércoles, 6 de noviembre de 2024 · 14:00

La Cámara de Diputados de la provincia convirtió en ley la extensión de la vigencia de las licencias de conducir. El proyecto venido en revisión del Senado, surge de la acumulación de dos iniciativas, una del Poder Ejecutivo y otra de Gustavo Cairo (LLA), estableciendo una validez de diez años para las licencias que se otorguen hasta los 65 años de edad.

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Las modificaciones a la Ley N°9.024, de Tránsito y Seguridad Vial, tienen como objetivo actualizar la normativa provincial a las tendencias internacionales y facilitar la renovación de la Licencia Nacional de Conducir.

El legislador Cairo presentó una de las iniciativas que modificaron la ley. 

La Ley Nacional de Tránsito establece la vigencia de la licencia en cinco años hasta los 65, dejando a las provincias la regulación para los mayores de esa edad. En Mendoza, a partir de los 65  la renovación se debe realizar cada tres años hasta los 70, y anualmente a partir de esa edad, incluyendo una prueba de manejo. A partir de la sanción de esta Ley, la vigencia será de diez y cinco años, respectivamente, y de tres a partir de los 76, eliminando además la prueba de manejo en las renovaciones.

Nueva vigencia 

Con las modificaciones aprobadas se amplía el periodo de vigencia de la Licencia Nacional de Conducir de 5 a 10 años para conductores no profesionales de hasta 65 años.

La licencia de conducir tendrá una vigencia de diez años en Mendoza.

La excepción a esta medida será para los condenados por delitos vinculados a la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor y para reiterantes de la infracción de conducción bajo efectos del alcohol contemplados en el artículo 52° inciso 7, de la Ley 9,024, y artículo 67 bis de la Ley 9,099, Código Contravencional. En estos casos el plazo será de 5 años.

Por otra parte, las licencias que se otorguen a personas que tengan entre 66  y 75 años tendrán una vigencia de 5 años, y a partir de los 76, la vigencia será de 3 años.

La licencia de conducir tendrá una vigencia de diez años en Mendoza.

El esquema queda de la siguiente manera:

  • Hasta los 65 años, 10 años de vigencia
  • De 66 a 75 años, 5 años de vigencia
  • A partir de los 76, 3 años de vigencia

Requisitos para la renovación

  • Que no haya transcurrido más de un año desde su vencimiento. Si transcurrió dicho plazo, se considera como tramitación de licencia nueva.
  • El arancel de renovación será del 50% para los mayores de 65 años.
  • Presentar certificado de libre deuda de infracciones de tránsito.
  • Declarar bajo juramento que no se padecen o hayan padecido afecciones cardiológicas, neurológicas, psicopatológicas o sensoriales que afecten la aptitud para conducir.
  • Aprobar un examen médico psicofísico, en el que se determine su aptitud física, visual, auditiva y psíquica para conducir.
  • No se exigirá una nueva prueba de manejo a los conductores que renueven su licencia para el caso de los mayores de 65 años, salvo expresa indicación médica o, para todos los casos, que haya transcurrido más de un año del vencimiento de su licencia.
  • El personal de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial que cumplan -funciones de chofer o motorista estará exento de los costos de las renovaciones.