Es ley la actualización del Código de Procedimiento Minero para Mendoza
El Senado aprobó la modificación que actualiza las minerías de primera, segunda y tercera categoría.Durante la sesión de este martes, el Senado convirtió en ley el proyecto del Ejecutivo para actualizar el Código de Procedimiento Minero de Mendoza. Había sido presentado por el Gobierno en la Legislatura con el objetivo central de modernizar las normativas vigentes desde 1945.
Leer también: Los peajes de rutas nacionales aumentarán un 200 por ciento
La ley actualiza las minerías de primera, segunda y tercera categoría (canteras) con los más altos estándares internacionales. De esta manera, además, se busca agilizar la actividad y hacerla más transparente, establecer mayores controles ambientales y reforzar las funciones de la Policía Minera.

El código sancionado por ambas cámaras legislativas abarca las minerías de primera, segunda y tercera categoría (canteras), regulando incluso el transporte de minerales que transitan por nuestras rutas y caminos. “En un contexto de creciente conciencia ambiental y ante la necesidad de avanzar hacia fuentes de energía más limpias y sostenibles, la minería se convierte en un componente esencial de la transición energética a nivel global”, afirma el texto de la ley.
En su articulado agiliza el trámite de permisos, evitando que queden expedientes sin resolución durante años, o que estas demoras se traduzcan en especulaciones inmobiliarias mineras. También apunta a un desarrollo económico responsable y sostenible, con la profesionalización y aumento en la dotación de la Policía Minera e inspectores, que tendrán mayores funciones y facultades que los que contaban en la antigua normativa.

Así, se habilita a quienes controlan a vigilar los trabajos subterráneos, superficiales y los elementos, equipos, maquinarias y plantas. Un apartado central es hacer cumplir las reglas ambientales, de salud, seguridad e higiene de las labores, además de poner estrictos requisitos para el transporte de minerales.
Al agilizar y digitalizar los datos mineros, permite certificar que coincidan con las Declaraciones Juradas de Producción, realizar actas e imponer las sanciones efectivas y severas. Además, se involucra activamente a las comunidades locales en la toma de decisiones relacionadas con el desarrollo de los recursos minerales, promoviendo a la participación en todo el proceso, desde la exploración hasta el transporte.
Protección ambiental
La protección ambiental es el eje central en todo el proceso que contempla el nuevo código. Con esta reforma, el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental será iniciado ante la Dirección de Protección Ambiental, con Declaración de Impacto Ambiental para cada una de las etapas del proyecto.
Las normativas rigen para toda la cadena de producción y abarca a los titulares de derechos mineros, los operadores de prospectos y de proyectos, contratistas, subcontratistas y empleados. Por eso será obligatorio firmar una Declaración Jurada de Buenas Prácticas, que consignará la descripción de los grupos y comunidades de las zonas de radio influencia directa e indirectas al área del proyecto minero, y garantizará la información y participación ciudadana.

Con esta normativa, la Dirección de Minería tendrá información relevante de los aspectos socioeconómicos y culturales de las comunidades locales, su relación con el ambiente, formas de organización social, relaciones laborales, producción y las formas en que el interesado prevé interactuar con grupos y comunidades.
Los interesados además deberán detallar la metodología de trabajo, código de conducta, reporte de sustentabilidad de la empresa, comunicación y talleres y controles de higiene y seguridad.
Para la minería de tercera categoría, conocida como “canteras”, se aumentarán los controles para regular y controlar eficientemente las posibles afectaciones de cauces fluviales y aluvionales, dando intervención a la Dirección de Hidráulica.