La modificación de la Ley de Tránsito de Mendoza obtuvo sanción definitiva

La reforma tiene como eje la simplificación de trámites y la incorporación de herramientas digitales.
martes, 4 de noviembre de 2025 · 13:00

Este martes, la Cámara de Senadores dio sanción definitiva al proyecto que modifica la Ley Nº9024 de Tránsito, una iniciativa que busca modernizar el sistema provincial, reducir la carga burocrática y adecuar la normativa a los estándares nacionales de seguridad vial.

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La propuesta, impulsada por los diputados Gustavo Cairo y Mauro Giambastiani, había obtenido media sanción en la Cámara de Diputados y ahora deberá ser remitida al Poder Ejecutivo para su posterior promulgación.

La reforma “actualiza tres artículos clave de la Ley 9024 y tiene como eje la simplificación de trámites y la incorporación de herramientas digitales”. 

Ya no será obligatorio portar la versión impresa de los documentos

Uno de los cambios más relevantes se introduce en el artículo 40, que regula los requisitos documentales durante los controles viales. Desde ahora, los conductores podrán acreditar la licencia de conducir, la cédula de identificación del vehículo y el comprobante de seguro obligatorio en formato físico o digital, mediante las aplicaciones oficiales de la Agencia Nacional de Seguridad Vial o de las aseguradoras.

De este modo, ya no será obligatorio portar la versión impresa de esos documentos, siempre que puedan ser exhibidos en soporte electrónico válido. Esta medida apunta a agilizar los procedimientos de fiscalización y a adaptarse a los sistemas digitales implementados en todo el país.

Ya no será necesario renovar la licencia por cambio de domicilio.

Asimismo, el artículo 43 fue modificado para simplificar la acreditación de la cobertura del seguro automotor obligatorio. A partir de esta reforma, los conductores podrán presentar la póliza, la credencial o el comprobante de pago en cualquier formato, eliminando la exigencia de documentación adicional o numeraciones específicas que dificultaban el cumplimiento del requisito.

Otra modificación significativa recae sobre el artículo 21, vinculado a la actualización del domicilio de los titulares de licencias de conducir. Hasta el momento, quienes cambiaban de residencia dentro de la provincia tenían un plazo de 90 días para gestionar la modificación, y en caso de no hacerlo, debían rendir nuevamente el examen de manejo.

Con la nueva normativa, ya no será necesario renovar la licencia por cambio de domicilio dentro del territorio provincial. El documento mantendrá su validez hasta la fecha establecida para su renovación, independientemente del municipio en el que resida el titular.

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Las modificaciones promueven una mayor comodidad para los ciudadanos, que podrán circular con sus documentos digitales actualizados y evitar trámites presenciales innecesarios.