Por ley, los contratos de obra pública en Mendoza quedarán exentos del impuesto a los sellos
En la aprobación de la Ley Impositiva N°9.597 se modificó el Código Fiscal incorporando en las exenciones a impuestos a los sellos de los contratos de la obra pública.La Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Territorial les comunicó a las empresas constructoras que participan en la obra pública de la provincia que, a partir de las modificaciones alcanzadas en materia impositiva, los contratos de obra pública quedarán exentos del impuesto a los sellos.
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“Siguiendo el camino iniciado por esta administración hace nueve años, les informamos que en la aprobación de la Ley Impositiva N°9.597 se modificó el Código Fiscal en su artículo 238°, inciso 25, incorporando en las exenciones a impuestos a los sellos a todos los contratos de obra pública suscritos con el sector público provincial, definido en los términos del artículo 4° de la ley N°8.706”, expresa la notificación enviada por la subsecretaria Marité Badui a las empresas constructoras a fin de informarles las novedades.
En el comunicado que envió Badui se les informó a las constructoras que deberán gestionar el Código N°9.062 dentro del sistema de autogestión de impuesto a los sellos de la Administración Tributaria Mendoza (ATM), para poder tramitar el sellado que no tendrá ningún tipo de costo ni cargo.