El Municipio de Godoy Cruz deberá pagarle medio millón de pesos a una mujer

Delina Gloria Cruz se tropezó con un hierro que sobresalía de un puente en Salvador Civit y Chuquisaca, al caer se fracturó la rodilla derecha. La mujer demandó a la Municipalidad y la Justicia le dio la razón.
martes, 12 de noviembre de 2019 · 07:00

Una mañana de junio del 2015, Delina Gloria Cruz caminaba por la vereda norte de la calle Salvador Civit, cuando al llegar a la intersección con la calle Chuquisaca (continuación de Presidente Illia) cruzó el puente para peatones y, antes de finalizar el cruce, su calzado se enganchó en un hierro que aparentemente pertenecía al hormigonado y cuyo extremo sobresalía sobre la calzada.

Como consecuencia, Delina Gloria cayó sobre la calle y esto le provocó serias y graves lesiones. Fue asistida por vecinos hasta que llegó su hijo y la trasladó a la sala de primeros auxilios y luego fue derivada al hospital Lagomaggiore, donde los médicos constataron fractura de rótula derecha con desplazamiento.

En setiembre de ese año, sufrió un rechazo del material de osteosíntesis, por lo que a fin de ese mes fue operada nuevamente, debiendo utilizar bota y realizar rehabilitación.

Luego del accidente, la señora Cruz presentó una demanda por daños y perjuicios contra la Municipalidad de Godoy Cruz por la suma de $360.000.

La demanda fue rechazada por la Fiscalía y la parte demandada pero sus pruebas y argumentos no fueron suficientes para convencer al juez del caso, el Dr. Mariano Gabriel Urrutia.

Este resolvió que la Comuna godoicruceña es responsable por el hecho sucedido, debiendo responder de las consecuencias dañosas del mismo, y la sentenció a pagarle a la mujer $420.158, más los intereses determinados en la causa.

 

La responsabilidad municipal

El Estado tiene, respecto a sus calles, ruta o caminos, una serie de deberes en orden a la seguridad dirigida a la preservación de vidas y bienes materiales, que van desde garantizar el libre tránsito hasta efectuar las reparaciones necesarias evitando la presencia de pozos, irregularidades, rajaduras o alteraciones que hagan más riesgoso el tránsito, como así también señalizando debidamente las imperfecciones u obstáculos de la libre circulación.

Y en este caso, la Municipalidad de Godoy Cruz omitió su deber de controlar la conservación de las calles, por lo que le corresponde indemnizar a la mujer que cayó a la calzada luego de tropezarse con un hierro.

Sin embargo, el fallo es de primera instancia, es decir que la Comuna podrá apelar.

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