Perros peligrosos: Guaymallén tiene registro municipal y coloca un chip subcutáneo

Está vigente la ordenanza 9449, sancionada en 2022, por la que se crea el Registro Municipal de Canes Peligrosos.
lunes, 5 de mayo de 2025 · 06:58

En el departamento de Guaymallén está vigente la ordenanza 9449, sancionada en 2022, por la que se crea el Registro Municipal de Canes Peligrosos, en el que deben constar los datos personales del dueño, las características del perro y un certificado expedido por la autoridad competente que acredite, anualmente, la situación sanitaria del animal.

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Los canes que deben tener registro obligatorio son aquellos que hayan atacado a otro animal o a una persona sin provocación y hubiera ocasionado lesiones serias; así como cualquier perro que haya sido entrenado para el ataque y todas las razas consideradas peligrosas, aun cuando se hayan cruzado con perros mestizos.

Además, la Municipalidad de Guaymallén coloca un chip subcutáneo que contiene la información del perro. El costo es de 250 UTM. Si el vecino alega no contar con recursos para hacer frente a la colocación del chip, se hará una verificación a cargo de trabajadores sociales. Si la evaluación es positiva, la implantación queda a cargo del Municipio. Este dispositivo electrónico también puede colocarse en veterinarias.

La Comuna coloca un chip subcutáneo.

Todo propietario y titular, de un perro considerado potencialmente peligroso, deberá ser mayor de edad para registrarlo y tiene la obligación de hacer la denuncia en el registro municipal de todo incidente causado por el perro en el que haya daños a terceros, dentro de las 48 horas hábiles. Asimismo, cualquier incidente de los que hayan tomado conocimiento las autoridades administrativas o judiciales, también deberá constar en el registro de cada animal.

Es obligación del propietario comunicar al registro municipal el cambio de domicilio, venta, traspaso, donación, robo, muerte o pérdida del animal dentro de un plazo de quince días.

Las sanciones

Se consideran infracciones administrativas gravísimas el abandono de un perro peligroso, entendiéndose por tal que el animal se encuentre en la vía pública sin acompañamiento de persona alguna. También es infracción gravísima tener canes peligrosos sin poseer licencia, venderlos o cederlos a quien carezca de licencia, así como también adiestrar animales para activar su agresividad.

  • También entran en este tipo de infracción la organización o celebración de concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos destinados a demostrar la agresividad de los animales.
  • La multa para estas faltas asciende a 1.000 UTM.
  • Por otra parte, se consideran infracciones graves dejar suelto o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar la fuga o extravío de un can peligroso, omitir la inscripción del animal en el registro municipal, así como también omitir la denuncia en el registro municipal de cualquier incidente con daños a terceros, o que el perro permanezca en lugares públicos sin bozal o no sujeto con cadena.
  • La multa para estas faltas asciende a 500 UTM.