Luján de Cuyo aprobó una ordenanza pionera en seguridad acuática
La norma establece requisitos obligatorios para espacios con acceso al agua y crea un registro municipal de guardavidas habilitados.El Concejo Deliberante de Luján de Cuyo aprobó este miércoles una ordenanza histórica que regula de manera integral la presencia obligatoria de guardavidas en todos los espacios acuáticos públicos y privados del departamento. La iniciativa, presentada por el concejal Guillermo Trentacoste, constituye un avance inédito en materia de seguridad, prevención y profesionalización del servicio.
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La normativa exige que natatorios, clubes, balnearios, campings, escuelas de verano, parques acuáticos y todo lugar con acceso al agua cuenten con guardavidas profesionales entrenados y certificados. Su presencia -destaca el texto- es indispensable para prevenir accidentes, actuar ante emergencias y brindar tranquilidad tanto a vecinos como a turistas durante la temporada estival.
Uno de los ejes centrales es la creación del Registro Único de Guardavidas de Luján de Cuyo, administrado por el Ejecutivo municipal. Todos los profesionales deberán inscribirse acreditando formación, antecedentes, certificaciones y reválidas. Solo quienes figuren en este padrón podrán ejercer legalmente en el departamento.
La ordenanza también establece criterios estrictos para la habilitación de establecimientos: ningún espacio podrá iniciar o mantener su actividad sin contratar guardavidas registrados. Si el servicio se interrumpe, deberá reemplazarse de inmediato, bajo pena de anulación automática de la habilitación. Además, fija dotaciones mínimas según el tipo y tamaño de cada espacio acuático, tanto en piletas como en playas fluviales.
En cuanto a infraestructura, la normativa obliga a contar con señalización visible, delimitación de profundidades, casillas para guardavidas, zonas de primeros auxilios, duchas, servicio médico o de enfermería y botiquines equipados. También establece que los empleadores deberán proveer elementos reglamentarios como equipos de comunicación, chalecos salvavidas, tablas espinales, banderas de señalización y protección solar, además de indumentaria identificatoria.
El marco regulatorio incorpora un régimen claro de derechos y obligaciones para los guardavidas, alineado con la Ley Nacional N.º 27.115. Define una jornada máxima de seis horas y exige aptitud psicofísica, trato adecuado al público y prohibición estricta del consumo de alcohol o sustancias. Asimismo, fija un sistema de sanciones progresivas para administradores y responsables del servicio, que incluye multas, suspensión e incluso clausura temporal o definitiva del establecimiento en casos graves o reiterados.
Durante la sesión, Trentacoste destacó que la ordenanza “responde a una demanda concreta de la comunidad y del propio sector”, y celebró que la iniciativa permita “profesionalizar el trabajo de los guardavidas y brindar seguridad a miles de familias que utilizan nuestros espacios acuáticos cada verano”. También reconoció el aporte del especialista Federico Caccavari, quien trabaja en propuestas complementarias a nivel provincial.
Para el concejal, la norma también cumple un rol educativo: “El guardavidas no solo interviene en emergencias; también enseña, previene y fomenta una cultura del cuidado del agua y del entorno natural. Esta ordenanza es un compromiso con la vida y con el respeto por los demás”.