Está prohibido aplicar recargo por operaciones con tarjetas en un solo pago

Esa práctica indebida debe ser rechazada y denunciada por los consumidores.
lunes, 1 de junio de 2020 · 08:05

En el marco de la reapertura de actividades comerciales y la sugerencia de preferir el pago electrónico antes que el uso de billetes, la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza recuerda a la comunidad, consumidores y comerciantes que está prohibido el cobro extra por operaciones con tarjetas en un solo pago.

Esto aplica a las tarjetas de débito, a las de crédito para operaciones en una sola cuota, a las tarjetas de compras y a los sistemas de pago online como, por ejemplo Mercado Pago o similares.

Por resolución 51-E de 2017, se estableció desde la Secretaría de Comercio la “prohibición de efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta (…) En consecuencia, quienes comercialicen productos y/o servicios no podrán efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado o efectivo, o en un solo pago con tarjeta de débito, de compra, de crédito u otros medios electrónicos de pago”.

 

Precio publicado = precio cobrado y abonado

Esto implica, por un lado, que los pagos de productos (calzado, indumentaria, teléfonos celulares u otros), como también cancelación de servicios (reparaciones de electrodomésticos, servicios mecánicos, pago de impuestos nacionales, provinciales o municipales, telefonía y televisión por cable o satelital, entre otros) deben ser por el mismo valor que el publicado o publicitado.

Cualquier recargo por encima del valor informado debe ser rechazado por el consumidor y reclamado ante el mismo proveedor del bien o servicio; incluso debe ser motivo de reclamo a la empresa que administra el servicio de pago. También puede reclamarse ante las autoridades competentes: Defensa del Consumidor de la Provincia y oficinas municipales de Defensa del Consumidor.

Es importante destacar que los sistemas alternativos de pago, de uso cada vez más frecuente mediante posnets fijos o dispositivos móviles, prevén y promueven que sean los mismos titulares del servicio quienes afronten el costo operativo de la venta, sin trasladarlo al comprador.

 

Pagos en cafés, bares y restaurantes

Con la reciente reapertura de estos comercios, las autoridades gubernamentales sugieren que se apliquen y utilicen sistemas de pago online, restringiendo al máximo posible el contacto con el billete papel, por motivos de higiene ampliamente difundidos. Por esto, numerosos comercios hablitaron el sistema QR para consulta de cartas o menús, pedido de bebidas y/o comidas desde las mesas, también para el pago online.

Ese servicio, que guarda estrecha relación con los cuidados demandados en este tiempo de pandemia, no debe ser motivo de recargo al pago ya indicado en carta o menú, y por esto se solicita a los propietarios de esos comercios que respeten la normativa, cobrando solo el precio publicado.

Sí, en cambio, podrá aplicarse un recargo e informar previamente al cliente de esta circunstancia cuando el modo de pago por parte del cliente sea en cuotas, es decir, con una financiación en dos cuotas o más, y ya no en un solo pago.

En esta etapa de relanzamiento de actividades comerciales, es sumamente importante que los consumidores, por un lado, apoyen al comercio local y a los emprendedores, y, por el otro, respeten las medidas de higiene para evitar la propagación del coronavirus en la provincia.

Y es de gran importancia además que los responsables de locales comerciales y los emprendedores que aceptan tarjeta para la cancelación de un pago valoren al consumidor como cliente y respeten sus derechos en todo momento.

Para consultas o en caso de incumplimiento, por aplicación de recargos indebidos, comunicarse a: 148@mendoza.gov.ar.

Valorar noticia