Vence el plazo para la recategorización de los monotributistas
5/8/2025 | Los inscriptos en este régimen deben revisar sus parámetros de facturación y verificar la categoría que les corresponde.
5/8/2025 | Los inscriptos en este régimen deben revisar sus parámetros de facturación y verificar la categoría que les corresponde.
16/7/2025 | Los contribuyentes podrán actualizar su categoría hasta el 5 de agosto. El trámite es más simple y se adapta al IPC del INDEC.
21/1/2025 | El ARCA confirmó los términos de la recategorización, plazos y nuevos valores.
14/7/2024 | El organismo confirmó los nuevos topes de facturación. La recategorización se puede hacer hasta el 2 de agosto.
11/7/2024 | La AFIP informará sobre la disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización.
4/7/2024 | Hay incertidumbre entre los contribuyentes por la demora en la promulgación del paquete fiscal y la reglamentación correspondiente.
22/1/2024 | Deberán realizar el trámite los monotributistas cuyos ingresos hayan sido superiores o inferiores a los de la categoría vigente en la actualidad.
24/7/2023 | El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización, según detalló la AFIP.
30/6/2023 | La AFIP pondrá a disposición el sistema para que los contribuyentes puedan hacer el cambio de categoría.
14/1/2023 | Se trata de la recategorización semestral Régimen Simplificado. En esta nota, todo lo que hay que saber.